Los planteos cuestionaban, entre otros puntos, la legalidad de evidencia digital, las pericias informáticas y la validez de elementos probatorios.
La Sala N° 1 en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) resolvió, por mayoría, denegar la concesión de los recursos extraordinarios federales presentados por las defensas de Sergio Daniel Urribarri, Carlos Marcelo Haidar y Diego Armando Cardona Herreros, quienes buscaban llevar sus planteos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
La resolución contó con los votos de los vocales Miguel Ángel Giorgio y Susana Medina, mientras que el magistrado Daniel Carubia se pronunció a favor de conceder los recursos para que fueran analizados por el máximo tribunal nacional.
Los fundamentos de la mayoría
En su voto, Giorgio sostuvo que el recurso extraordinario federal constituye una vía excepcional y de aplicación restringida, prevista para aquellos casos en los que se encuentra comprometida una cuestión federal, conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 48.
El magistrado consideró que los argumentos presentados por las defensas no encuadraban en los supuestos que habilitan esa instancia. Además, entendió que los agravios expuestos no demostraban de manera suficiente la existencia de arbitrariedad en la resolución cuestionada.
También señaló que los abogados defensores reiteraban planteos que ya habían sido analizados en instancias anteriores y por la propia Sala Penal. En función de esos fundamentos, concluyó que los recursos resultaban inadmisibles.
La vocal Susana Medina adhirió al voto de Giorgio, conformando así la mayoría que resolvió denegar la concesión de los recursos extraordinarios federales.
La postura en disidencia
Por su parte, el vocal Daniel Carubia sostuvo una posición diferente. Consideró que los recursos cumplían con los requisitos formales de admisibilidad establecidos en los artículos 14 y 15 de la Ley N° 48 y que los planteos involucraban cuestiones federales vinculadas con garantías constitucionales y convencionales.
Según su análisis, los escritos de las defensas contenían una crítica concreta y razonada de los fundamentos de la decisión recurrida y exponían agravios que podían configurar una cuestión federal suficiente para habilitar la intervención de la Corte Suprema.
Por ese motivo, Carubia entendió que correspondía conceder los recursos para que fueran tratados por el máximo tribunal del país.
Qué cuestionaban las defensas
Entre los principales argumentos presentados, las defensas cuestionaron la incorporación y legalidad de determinada evidencia digital obtenida de un dispositivo MacBook. También plantearon objeciones relacionadas con las pericias informáticas, la cadena de custodia y la validez de distintos elementos probatorios que pretendían excluir antes de la realización del juicio oral.
Asimismo, invocaron presuntas afectaciones a garantías constitucionales y convencionales, al debido proceso y al derecho de defensa.
Los recursos extraordinarios federales habían sido interpuestos contra la decisión previa de la Sala Penal del STJER, que rechazó los recursos de queja presentados por las defensas frente a una resolución de la Cámara de Casación Penal.
