Home ProvincialesEl STJ precisó que el Estado debe garantizar una alimentación saludable en los comedores escolares

El STJ precisó que el Estado debe garantizar una alimentación saludable en los comedores escolares

by Federico Gularte

El fallo estableció que la obligación estatal no se limita a excluir productos con sellos de advertencia, sino que también debe garantizar los estándares de alimentación saludable previstos por la normativa provincial.

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) precisó el alcance de las obligaciones del Estado provincial respecto de la alimentación que se brinda en los establecimientos educativos dependientes del Consejo General de Educación (CGE).

La resolución se produjo en el marco de una acción de amparo promovida por un grupo de padres, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER) y la Fundación CAUCE, vinculada con la prestación alimentaria en los establecimientos escolares.

El alcance de la obligación estatal

El Tribunal, integrado por las vocales Susana Medina y Claudia Mizawak, y el vocal Leonardo Portela, resolvió hacer lugar parcialmente al recurso de apelación y precisó los alcances de la condena establecida en primera instancia.

En ese sentido, los magistrados señalaron que la obligación del Estado provincial no se agota en excluir de los comedores escolares los productos alcanzados por el artículo 12 de la Ley Nacional Nº 27.642, correspondiente al régimen de etiquetado frontal de alimentos.

Según estableció el STJ, también existe el deber de adecuar la prestación alimentaria que reciben los estudiantes a los estándares de alimentación saludable establecidos por la Ley Provincial Nº 10.594.

El Poder Judicial no define los medios para cumplirlo

La sentencia también aclaró que el reconocimiento de esta obligación no implica que el Poder Judicial deba sustituir al Poder Ejecutivo en las decisiones vinculadas con la implementación de las medidas necesarias.

En particular, el Tribunal señaló que corresponde al Poder Ejecutivo determinar los medios técnicos y organizativos que considere necesarios para alcanzar los estándares de alimentación saludable establecidos por la normativa.